Expandir tu empresa en el mercado nacional requiere que sepas cómo abrir un establecimiento de comercio o local comercial, qué obligaciones tributarias tienes y cómo manejar un negocio en otra ciudad. Sigue esta guía y haz el camino más sencillo.
Expandir un negocio en el mercado local: conoce por dónde empezar
Una empresa que maneja cafeterías y panaderías se constituyó en Bogotá y quiso expandirse a Cali para llevar a los barrios su modelo de consumo de café. Buscaron un local comercial y hasta alcanzaron a firmar el contrato, pero cuando lo revisaron bien, se dieron cuenta de que ahí no podían desarrollar la actividad económica que planeaban. La apertura de ese punto de venta se aplazó.
Los representantes de la empresa se dirigieron a la Cámara de Comercio de Cali (CCC), donde Rodolfo Arturo Saa, jefe de Formalización de la entidad, les explicó las normas que hay que seguir en Colombia para abrir nuevos establecimientos cuando un negocio le apuesta a crecer a nivel nacional. ¿Cuáles son esas reglas? Te las contamos.
Si planeas expandir tu negocio a otra ciudad o municipio colombiano, debes cumplir las normas que establece la Cámara de Comercio de esa jurisdicción, el Código de Convivencia Ciudadana y la Ley 1780 de 2016 que promueve el empleo y el emprendimiento de los jóvenes. También ten en cuenta las obligaciones tributarias que te corresponden según la naturaleza de tu negocio, así como las nuevas disposiciones derivadas de hechos como el terremoto de agosto de 2026.
¿Persona natural o persona jurídica? De esta decisión depende tu futuro

Lo primero es definir la naturaleza del negocio que vas a abrir en otra ciudad o municipio colombiano.
Rodolfo Arturo Saa explica que, si eres una persona natural, debes convertirte en una persona jurídica para expandirte bajo la misma razón social porque una persona natural no se puede “dividir o tener varios registros a su nombre. Y si das ese paso, ten claro lo que implica ser persona jurídica:
Ser responsable de IVA, obligación que no cumplen las personas naturales.
Ser responsable del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), obligatorio para personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que desarrollan de manera directa o indirecta actividades industriales, comerciales o de servicios dentro de la jurisdicción de un municipio, de forma permanente u ocasional, con o sin establecimiento de comercio. El ICA se paga donde se genera la venta, es decir donde esté cada establecimiento o local comercial.
Facturar electrónicamente.
Declarar renta (las personas naturales también) ante la Dian.
Si tienes claro que puedes asumir esos deberes como persona jurídica, el siguiente paso es definir qué actividad económica desarrollarás en la otra ciudad o municipio y dónde lo harás:
Establecimiento de comercio: según el Artículo 515 del Código del Comercio, es un conjunto de bienes que un empresario usa para desarrollar una actividad económica en un sitio determinado (tiendas, supermercados, almacenes, bodegas, fábricas, plantas industriales, factorías, oficinas, etc.). También lo son las páginas web o sitios de internet colombianos a través de los cuales se realizan ventas de bienes y servicios. Una misma persona puede tener varios establecimientos de comercio, y cada establecimiento puede dedicarse a diferentes actividades comerciales.
Local comercial: es el espacio físico donde se ofrecen los bienes o servicios, como una tienda, un almacén, una bodega, una fábrica, entre otros.
Con esta información clara, legaliza la apertura de tus establecimientos de comercio o locales comerciales en otros territorios desde la página web de la Cámara de Comercio donde tienes registrada la empresa principal. Allí debes llenar el formulario RUES (Registro Único Empresarial y Social). Si prefieres, también puedes ir a la Cámara de Comercio de esas ciudades o municipios y hacer el trámite directamente. Y aprovecha: mientras haces el registro mercantil, en las Cámaras también puedes tramitar el RUT (Registro Único Tributario), indispensable para tus trámites ante la Dian.
Al mismo tiempo, te recomendamos registrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio la matrícula del establecimiento de comercio, el nombre comercial y la enseña o logotipo. Son formas adicionales de proteger tu marca.

Descarga aquí el checklist
Expandir un negocio en el mercado local: sigue el Código de Convivencia Ciudadana
Con el registro mercantil ante la Cámara de Comercio, tu nuevo establecimiento de comercio o local ya es legal. Eso sí, todavía no está autorizado para operar: antes debes cumplir las condiciones de la Ley 1801 de 2016, que expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Colombia. Esta norma establece los requisitos para desarrollar actividades económicas en establecimientos abiertos al público y otros espacios. ¿Qué dice esta ley?
Uso del suelo y actividad permitida: verifica si la actividad que quieres desarrollar está permitida en el inmueble.
Requisitos sanitarios: revisa qué regulación te aplica dependiendo de tu actividad económica, pues no es lo mismo poner una peluquería que una tienda o un consultorio.
Seguridad y requisitos de Bomberos: ten protocolos de seguridad y evacuación para que te den el concepto técnico de seguridad humana y protección contra incendios.
Condiciones ambientales: evita actividades que afecten el ambiente y la salud pública; si no lo haces, pones en riesgo el permiso para operar.
Pago de derechos de autor por música: si en tu negocio suenan obras musicales protegidas por derechos de autor y sujetas a pago, te corresponde asumir este costo.
Y si tu negocio comercializa alimentos y bebidas, medicamentos y productos biológicos, productos de aseo y cosméticos, o dispositivos médicos, asegúrate de cumplir los requisitos del Invima.
Antes de empezar tu actividad económica, informa la apertura del establecimiento o local comercial a la Estación o Subestación de Policía de la zona donde funciona.
No olvides averiguar en la alcaldía de la ciudad o municipio a donde te quieres expandir, o en las gobernaciones, si ofrecen beneficios por abrir nuevos negocios. Generalmente hay programas de fortalecimiento o ayudas económicas que pueden darle un impulso a tu negocio.
Al expandir tu negocio en el mercado local, recuerda los impuestos
Cuando tu negocio ya esté constituido en una nueva ciudad o municipio colombiano, el jefe de Formalización de la CCC te aconseja sacar el RIT (Registro de Información Tributaria) ante las alcaldías porque lo necesitarás para pagar impuestos locales como el ICA. Recuerda que ante las alcaldías o gobernaciones también pagas el impuesto predial de cada establecimiento de comercio o local comercial y el impuesto vehicular.
Por otro lado, a propósito del terremoto ocurrido en agosto de 2026 en Colombia, la Dian expidió el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026, que establece un paquete de medidas fiscales, aduaneras y cambiarias aplicables a todo el territorio nacional. Tienes plazo para solicitarlas hasta el 19 de noviembre de 2026. Entre ellas están: reducción en sanciones e intereses moratorios por declaraciones de renta, conciliación de procesos judiciales en curso y exenciones por donaciones humanitarias.
Si tu negocio está en una de las zonas afectadas por el terremoto, tienes derecho a facilidades de pago de obligaciones vencidas ante la Dian y reprogramación de acuerdos vigentes.
Alcaldías como la de Cali también ofrecen descuento del 100% en intereses de mora del impuesto predial y exoneración o beneficios extendidos para quienes perdieron sus predios, además de alivios en el pago del ICA para los empresarios afectados por el sismo. La Gobernación de Risaralda, por su parte, estableció reducciones en las sanciones para quienes se pongan al día con los impuestos que le adeudan a la entidad.
Si tu plan es expandir tu negocio a nivel nacional, usa esta guía como punto de partida. Los negocios que nacen con buenos cimientos avanzan mejor. ¿Ya identificaste qué debes hacer para crecer?