El Decreto 0223 de 2026 redefinió las reglas sobre contratos de aprendizaje y prácticas laborales en Colombia. Conoce las modificaciones que contempla para implementarlas de manera correcta en tu negocio. Checklist para saber si tu empresa está lista.
¿Debes contratar aprendices? Un nuevo decreto regula este proceso
En 2025, 97.287 mujeres y 76.272 hombres estudiantes del SENA (Servicio Nacional de Aprendizaje) tuvieron un contrato de aprendizaje. Antes del 25 de junio de ese año, estas personas recibían un apoyo económico equivalente al 50 % de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en la etapa teórica y al 75 % en la práctica. Esta modalidad de trabajo no incluía prestaciones sociales, primas, cesantías ni vacaciones. La cotización para pensión estaba limitada a la etapa práctica.
Pero con la aprobación de la reforma laboral (Ley 2466 del 25 de junio de 2025) todo cambió. Desde su entrada en vigor, la vinculación de aprendices del SENA debe hacerse mediante un tipo de contrato laboral especial y a un término fijo de máximo tres años.
Las condiciones de este contrato varían según las etapas en las que se divide la práctica:
Teórica: el pago corresponde al 75 % de un salario mínimo. Como empresario debes pagar los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y a la ARL (Administradora de Riesgos Laborales).
Práctica: el pago corresponde al 100 % de un salario mínimo con todas las prestaciones (salud, pensión y riesgos laborales), además de los auxilios que contempla la norma.
Además, quedó en firme la obligación para las empresas con 15 o más trabajadores de cumplir con una cuota de aprendices, así:
Se mantuvo la monetización como una opción que te permite pagar 1.5 salarios mínimos al SENA por cada aprendiz que no vincules a tu negocio.
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Decreto 0223: tu guía al elaborar un contrato laboral de aprendizaje
Luego, el Decreto 0223 del 5 de marzo de 2026 llegó para complementar la reforma laboral. ¿Qué dice sobre el contrato laboral de aprendizaje y cómo debes aplicarlo?
Sebastián Mejía, abogado líder de la Unidad de Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explica los principales puntos que contempla este decreto sobre el contrato laboral de aprendizaje:
Formación dual: la entidad educativa y la empresa que recibe a un aprendiz deben gestionar conjuntamente un programa que le permita combinar la formación en las aulas y la práctica en la organización.
Contrato: el contrato con el aprendiz no necesariamente tiene que estar avalado por el SENA.
Monetización: el SENA determina la cuota de aprendices de una empresa, según su número de trabajadores. La organización debe notificar si los contratará o elegirá la monetización (pagar al SENA por los que no contrate). Esa decisión deberá informarse a la regional del SENA del domicilio principal. Si no lo hace, queda obligada a contratar a los aprendices.
La empresa puede optar por una monetización parcial o contratar aprendices después de haber monetizado, pero informando al SENA. El pago a esa entidad debe hacerse dentro de los 5 primeros días del mes.
Reglamento Interno de Trabajo (RIT): aplica a los aprendices, algo que antes se asumía, pero no estaba confirmado de manera expresa.
Sindicalismo: los aprendices tienen la libertad de afiliarse a organizaciones sindicales.
COPASST: los aprendices tienen la libertad de postularse y ser elegidos para conformar tanto el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo como el Comité de Convivencia Laboral.
Contratación de personas con discapacidad certificada: los aprendices no se consideran trabajadores permanentes y no deben tenerse en cuenta para el conteo que determina si una empresa debe contratar personas con discapacidad.
Casos especiales: claves para manejarlos de forma acertada en tu empresa
¿Qué pasa si el aprendiz que quieres contratar es menor de edad, queda en embarazo o solicita trabajar desde la casa? El Decreto 0223 también contempla estos casos especiales y determina cómo debes gestionarlos.
“El decreto aclara que la vinculación de aprendices menores de edad es viable, siempre y cuando se observen las normas del Código Sustantivo del Trabajo. En ese sentido, está prohibida la contratación de menores de 15 años.
Los padres o acudientes de personas que tienen entre 15 y 17 años deben obtener una autorización por parte del Ministerio del Trabajo para que puedan ser contratadas, pero está pendiente de que la entidad aclare cómo se debe realizar el trámite. Para los aprendices menores de edad aplica la jornada ordinaria y la reducida, sin embargo, no están habilitados para laborar en horarios nocturnos”.
Sebastián Mejía, abogado líder de la Unidad de Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados.Con respecto a la modalidad de trabajo, el Decreto 0223 dice que, como regla general, debe hacerse de manera presencial. Sin embargo, es posible acordar con el SENA que el aprendiz puede trabajar bajo modelos híbridos o incluso virtuales, según la actividad a desarrollar.
En estos últimos casos, la empresa debe cumplir con la reglamentación que cada modalidad exige, como suscribir un acuerdo con el aprendiz sobre las condiciones del teletrabajo, hacer el reporte a la ARL, entregar elementos de protección personal, reconocer el auxilio de conectividad y asegurar el acceso a las herramientas tecnológicas necesarias.
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¿Y si una aprendiz queda en embarazo o se solicita la licencia de paternidad? Según el abogado, el Decreto 0223 aclara que a los aprendices también los ampara la estabilidad laboral reforzada. Esto quiere decir que no se le puede terminar el contrato a una aprendiz por estar embarazada o en etapa de lactancia, a menos que se tenga autorización del Ministerio de Trabajo.
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Lo que se debe hacer en ese caso es ampliar el término del contrato por el tiempo que dura la licencia. Con respecto a otras licencias o incapacidades, se debe alargar el contrato de aprendizaje por el tiempo equivalente al que el aprendiz estuvo ausente.
Contrato de practicantes vs. aprendices: identifica las diferencias
El contrato de aprendizaje siempre ha sido diferente al de prácticas laborales. Este último tampoco es un contrato laboral tradicional, sino un acuerdo que hace parte de la formación profesional de una persona y que tiene las siguientes características:
Tiene fines formativos.
Algunas veces establece el pago de un apoyo económico de un salario mínimo.
Puede durar entre un semestre y un año, según la entidad educativa.
Exige pagar EPS (Entidad Prestadora de Salud) y ARL por parte del empleador.
No obliga al pago de prestaciones sociales.
Debe estar avalado por la institución de educación superior donde estudia el practicante.
Está regulado por el Código Sustantivo del Trabajo.
El periodo de prácticas se reconoce como experiencia laboral.
De acuerdo con el Decreto 0223, mediante el contrato de prácticas laborales también se puede vincular a personas de entre 15 y 17 años, y ofrecer la modalidad de trabajo presencial, híbrida o virtual. Estas personas no pueden pertenecer al COPASST, Comité de Convivencia Laboral ni afiliarse a organizaciones sindicales. Tienen acceso a la ARL y se les solicita que, por lo menos, estén afiliados a una EPS como beneficiarios o en el régimen subsidiado. Se pueden contratar practicantes extranjeros.
El régimen disciplinario aplicable a los practicantes es el de la institución de educación superior para la cual estudian, no el RIT. Aunque puedes tener un reglamento específico para ellos.
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Aprendices y practicantes: ¿por qué vale la pena incorporarlos a un negocio?

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Los aprendices y practicantes tienen una formación actualizada y alineada con las necesidades de las empresas en el actual contexto. Además, ya cuentan con habilidades digitales. Pero su contratación debe hacerse teniendo en cuenta los términos legales y estratégicos.
“Un error común es pensar que el aprendiz o practicante es el ´todero´ y que, cuando llegue a la empresa, se mirará qué se le va a poner a hacer o a cuál área entrará -afirma Mejía-. Es clave que las empresas definan el perfil del cargo de estas personas, sus funciones, obligaciones e indicadores. Así pueden diseñar una oferta atractiva que las inspire a vincularse a la organización y a mantenerse en ella por la estructura de trabajo y oportunidades de crecimiento que ofrece”.
Encargarlos de realizar un proyecto a la medida de su conocimiento y experiencia, por ejemplo, es una vía para generar una conexión con la organización más allá del trabajo diario.
Ahora conoces las normas actualizadas sobre contratación de aprendices y practicantes. Anímate a vincular talento que cuenta con las habilidades que el nuevo contexto de los negocios demanda.