Mantente al día con tus obligaciones fiscales. Marca en el calendario las fechas clave para pagar los impuestos nacionales, gubernamentales y distritales. No dejes todo para lo último, elige tu medio de pago favorito y evita que un olvido te cueste caro.
¿Qué son los impuestos? No los pierdas de vista
Una de las cosas más importantes en la vida de cualquier empresario es pagar sus impuestos, una obligación que le permite a un país financiar programas sociales para garantizar los derechos de las poblaciones vulnerables, realizar inversiones en infraestructura y velar por la seguridad de sus ciudadanos.
Cuando hablamos de impuestos, nos referimos a tributos u obligaciones que tanto las personas naturales como jurídicas debemos pagar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), los departamentos o los municipios.
Cuando dejas de pagar los impuestos o los pagas a última hora, corres el riesgo de incurrir en errores que acarrean multas o sanciones por parte de la autoridad tributaria y los entes de carácter fiscal.
La planeación tributaria te ayuda a contemplar los impuestos con anterioridad, pero también permite aprovechar las deducciones, los descuentos y las exenciones que contempla la ley. Así mejoras tu productividad administrativa.
Los impuestos deben estar en tu agenda en 2025: te explicamos las razones
En el presente año, los impuestos deben estar más que nunca en tu radar por dos razones:
La primera es que este es el segundo periodo en que las declaraciones se deben hacer teniendo en cuenta los cambios incorporados por la Ley 2277 de 2022 o la reforma tributaria. En los últimos meses, hubo demandas y fallos relativos a algunos de sus artículos. Conocerlos evita incurrir en errores que pueden costar caro.
La segunda es que la base gravable de cerca del 30 % de las pymes puede aumentar hasta en un 10 %, de acuerdo con Pedro Sarmiento, socio director de Tax and Legal de la firma consultora Crowe Colombia. Él nos explica que la inflación aumenta la base gravable de las empresas y, por lo tanto, su declaración de renta. Por eso, recalca que hay que ponerse las pilas con la planeación tributaria. Las organizaciones que sobreviven en el tiempo son las que tienen bajo control sus finanzas y sus declaraciones tributarias.
Impuestos nacionales: ¿cuándo declarar y pagar?
Los impuestos nacionales están a cargo de la Dian y son:

Impuesto de renta: lo calculas a partir de los ingresos que obtienes al año como gran contribuyente, persona jurídica o natural. La tarifa general de este tributo es del 35 %, aunque para los sectores financiero, energético y de hidrocarburos hay una sobretasa y es diferencial para otras actividades económicas. El plazo de pago para grandes contribuyentes va de febrero a junio, para personas jurídicas va de mayo a julio y para naturales va de agosto a octubre.
Activos en el exterior: si eres una persona jurídica o natural con sede en Colombia y posees bienes fuera del país, debes hacer esta declaración. Con ella se busca promover la transparencia fiscal, consolidar la información tributaria y evitar la fuga de capitales. Los plazos para pagar son iguales a los de la declaración de renta. Tenlo en cuenta.
IVA: aplica a todos los bienes y servicios que se comercializan en el país. Las empresas lo recogen al momento de la venta, luego lo declaran y pagan a la Dian. La declaración y pago pueden realizarse de forma bimestral o cuatrimestral.
Retención en la fuente: recaudo anticipado de impuestos que se hace cuando se realizan ciertas transacciones comerciales. La declaración y pago son mensuales.
Impuesto al patrimonio: quienes tienen activos por un valor neto igual o superior a 72.000 UVT están obligados a pagarlo. Eso es equivalente a $3.585.528.000, pues la UVT corresponde a $49.799.
Tres impuestos departamentales y municipales, inclúyelos en tu calendario
Estos tributos son los que se declaran y pagan ante gobernaciones o alcaldías:
Impuesto Predial Unificado: grava a los bienes inmuebles de personas naturales y jurídicas. Lo declaras y pagas ante la alcaldía de la ciudad o municipio donde está ubicada tu casa, apartamento, oficina, lote, etc.
Impuesto vehicular: las personas naturales y jurídicas que poseen un vehículo deben pagar este tributo ante la gobernación a la que pertenece el municipio en el que el carro está matriculado o la Alcaldía de Bogotá.
ICA (Impuesto de Industria y Comercio): impuesto territorial que grava las actividades industriales, comerciales o de servicios realizados en los municipios por parte de personas naturales y jurídicas como tú. Recuerda que a cada tipo de contribuyente aplican condiciones especiales.

Más impuestos para la lista
Como parte de la planeación tributaria, los empresarios deben contemplar otros dos tipos de impuestos: los ambientales y los saludables.
Plásticos de un solo uso
Si eres productor o importador de bienes envasados, embalados o empacados en plásticos de un solo uso, este tema te interesa. En 2024, el Consejo de Estado ratificó lo dicho por la Dian con respecto a que son estos empresarios quienes deben pagar el impuesto, según la Ley 2277 de 2022. El plazo para realizar la presentación y pago anual es el 14 de febrero, independientemente del NIT de tu empresa.
Impuesto al consumo de bolsas plásticas
A mediados de 2024 entró en vigor en Colombia la Ley 2232 de 2022, que prohíbe el uso de plásticos de un solo uso, entre ellos las bolsas de punto de pago que entregaban los comercios a los clientes para transportar mercancía. Sin embargo, quienes continúen haciendo uso de las bolsas en los casos permitidos por la ley, deben pagar una tarifa de $70 por bolsa. El plazo que rige es el mismo del Impuesto Nacional al Consumo. Revisa si esta normativa te aplica.
Impuestos saludables
Fueron creados por la Ley 2277 de 2022 para gravar las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas. Estos tributos entraron en vigencia en noviembre de 2023 con tarifas progresivas.
A partir del primero de enero de 2025, la tarifa para bebidas azucaradas se ajustó en el mismo porcentaje en que aumentó la UVT. Es decir que es de $38 y $65 para productos de entre seis y 10 gramos y para artículos con más de 10 g de azúcares añadidos, respectivamente. Por otro lado, el arancel para los alimentos ultraprocesados o que tienen azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas es de un 20 %, de acuerdo con Anif (Asociación Nacional de Instituciones Financieras).
Demandas a la Ley 2277 de 2022: ¿en qué van las Cortes?
Desde que se aprobó la Ley 2277 de 2022, diversos actores presentaron demandas por considerar que algunos de sus artículos son inconstitucionales o debatibles. Frente a estos procesos ya se obtuvieron fallos o respuestas por parte de los entes encargados. Según expertos de Crowe Colombia, los más relevantes para la declaración y pago de tus impuestos este año son:
Impuesto al patrimonio: la Corte Constitucional se declaró inhibida y no se pronunciará sobre dos demandas recibidas relativas a este impuesto. Argumentó que no cumplen los requisitos de forma. Esto significa que continúa vigente, aunque puede volver a demandarse.
Tasa mínima de tributación: Colombia adoptó una tasa del 15 %, atendiendo a una recomendación de la Ocde (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico). La decisión fue demandada, pero la Corte declaró que esa medida es constitucional porque no viola el principio de capacidad contributiva.
Regalías: la Ley 2277 plantea que no son deducibles, lo que afectaba al sector extractivo. Tras recibir una demanda, la Corte Constitucional declaró inexequible la norma y dijo que sí es posible deducir las regalías del impuesto sobre la renta porque no incrementan el patrimonio.
Inversiones en activos fijos reales productivos: el Consejo de Estado determinó que, si el activo deja de usarse o se enajena antes de cumplir su vida útil, se puede optar por una deducción en vez de sumar el bien a la renta líquida gravable.
Contratos de cuentas en participación: contratos en los que una persona natural o jurídica aporta bienes o dinero al gestor para que desarrolle una actividad. Se decía que solo el gestor podía aprovechar el descuento por retención en la fuente, pero el Consejo de Estado conceptuó que todos los participantes pueden aplicarla y debe ser distribuida entre los firmantes según su porcentaje de participación.
Doble tributación: el Consejo de Estado recalca que, si los ingresos son de fuente nacional, no pueden tomarse deducciones que solo aplican a los que son de origen extranjero. Siempre hay que revisar los convenios de doble imposición porque podrían contradecir las normas nacionales.
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Ahora tienes a la mano la información necesaria para hacer la planeación tributaria en tu negocio y prepararte para el pago oportuno de impuestos. ¿Ya actualizaste tu calendario?