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Conceptos básicos contabilidad

Agenda tributaria 2024: prográmate para cumplir con tus obligaciones fiscales

Bancolombia
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Bancolombia

Negocios | 06 feb 2024

Lectura de 8 min

La planeación tributaria es clave para la sostenibilidad de los negocios. Permite prever el impacto normativo, calcular costos fiscales y aprovechar deducciones y exenciones. Conoce los aspectos clave de la agenda tributaria 2024 aquí.

Impuesto sobre la renta: tasas y sobretasas

La declaración de renta correspondiente al 2023 se empezará a liquidar en 2024, según lo contenido en la Ley 2277 del 13 de diciembre de 2022. Las empresas deberán incluir los impuestos estipulados en esa norma dentro de sus estructuras de costos, así como los tributos departamentales y municipales.

Pedro Sarmiento, socio director de Tax and Legal de Crowe Colombia recuerda que el principal aspecto a considerar es que en el país la tarifa general del impuesto sobre la renta es del 35 %. Si la empresa pertenece a ciertos sectores debe sumar una sobretasa de la siguiente manera:

  1. Sector financiero, asegurador, comisionistas de Bolsa y agropecuarias, Bolsas de bienes, productos agropecuarios y agroindustriales: gravados con cinco puntos adicionales si la renta anual obtenida en 2023 es superior a $4.560 millones de pesos.

  2. Sector energético: gravado con tres puntos adicionales si registraron ingresos superiores a $1.140 millones en 2023.

  3. Sector hidrocarburos: gravado con un 5 % y 10 % adicional para el caso del carbón y con 5 %, 10 % o 15 % adicional para el de petróleo, solo si la renta gravable es igual o superior a 50.000 UVT (Unidad de Valor Tributario) o $1.900 millones.

Te recomendamos leer: Tendencias económicas para 2024 en Colombia y su impacto en las empresas

Cambios clave en la agenda tributaria tras pronunciamientos de la Corte

Es necesario tener en cuenta que durante 2023 hubo pronunciamientos de la Corte Constitucional con respecto a la Ley 2277:

  • Regalías: inicialmente no eran deducibles del impuesto sobre la renta, pero se emitió una sentencia que considera que sí son deducibles para el sector de petróleo y gas.

  • Zonas francas: las compañías tenían una tarifa de impuesto sobre la renta del 20 %, que la ley elevó a 35 % para quienes no realizaran exportaciones. Adicionalmente, la Corte emitió una sentencia que ratifica ese principio de la internacionalización para poder acogerse a la tarifa menor. Con esto en cuenta, la tarifa del 20 % se mantendrá para los usuarios industriales de servicios portuarios especializados en la refinación de combustibles derivados del petróleo o biocombustibles y servicios logísticos.

Impuestos para tener en el radar

Por otro lado, estos son los impuestos que, para Pedro Sarmiento, no pueden faltar en la agenda tributaria de 2024:

Concepto

Descripción

Tarifas especiales

El impuesto sobre la renta es del 15 % para servicios hoteleros, parques temáticos, ecoturismo y agroturismo, por un término de 10 años, y del 15 % para casas editoriales.

Ganancias ocasionales

Tributan el 15 %.

Dividendos

Tendrán una tarifa de retención del 15 % cuando superen 1.090 UVT, si son recibidos por residentes en Colombia. La retención será del 20 % para no residentes.

Tasa mínima de tributación

Obliga a los contribuyentes del impuesto sobre la renta pagar como mínimo, una tasa del 15 %. Las empresas que consolidan (agregan en los estados financieros los de todos los negocios de un grupo empresarial) deben calcular su tasa de tributación por empresa y esta no puede ser inferior al 15 %. Si es así, se debe hacer un recálculo para que cada empresa llegue a ese nivel.

Impuesto al patrimonio

Se cobra a personas naturales y sucesiones líquidas sobre la posesión de un patrimonio líquido poseído al primero de enero de cada año. Quienes tienen un patrimonio superior a 72.000 UVT o más de $3.050 millones deben presentar y pagar este impuesto. La tarifa para 2024 es de 1.5 %.

Impuestos ambientales

El impuesto nacional al carbono recae sobre el contenido de carbono o el equivalente de los combustibles fósiles cuando se vendan en el territorio nacional o se importen. Este impuesto debe ser pagado por el comprador, el productor o el importador. La tarifa es de $20.500 por tonelada de carbono, pero solo empezará a aplicar desde 2025. Por otro lado hay que considerar el impuesto sobre productos plásticos de un solo uso, que se calcula según el peso del envase.

Impuestos saludables

El primero de noviembre de 2023 entró a regir el impuesto saludable para alimentos ultraprocesados que grava con 15 % a partir del primero de enero de 2024. Este impuesto se aplicará a los alimentos altos en azúcar, grasas saturadas y sodio.

Simultáneamente, hay que contemplar el pago de la retención en la fuente, que es un pago anticipado de impuestos por parte del vendedor y el pago del IVA (Impuesto al Valor Agregado), que es de 19 %. La periodicidad de este es cuatrimestral si en el año anterior se obtuvieron ingresos inferiores a 92.000 UVT y bimestral cuando los ingresos superaron en el año anterior los 92.000 UVT.

Salvavidas y sanciones de la agenda tributaria 2024

La Ley 2277 estipula que la totalidad de beneficios e incentivos tributarios como los descuentos especiales, rentas exentas e ingresos no constitutivos de renta pueden seguir aplicándose mientras no excedan el 3 % de la renta líquida ordinaria.

En este sentido, las deducciones solo podrán aplicarse cuando los costos y gastos tengan relación de causalidad con el negocio y sean proporcionales a su actividad. Otro instrumento para las empresas que apliquen son los convenios para evitar la doble tributación. No hay que olvidar el régimen sancionatorio existente que, principalmente, castiga a:

  • Quienes omiten activos o incluyen pasivos inexistentes.

  • Quienes cometen defraudación o evasión tributaria.

  • Quienes cometen omisión siendo agentes retenedores.

  • No residentes que obtienen ingresos por ventas en el territorio nacional, desde la entrada en vigor de la presencia económica significativa.

Aún puedes hacer correcciones

Con la aprobación de la Ley 2277, sumada a los retos que supone implementar la factura electrónica y la nómina electrónica, es posible que los empresarios hayan cometido errores que pueden reflejarse en inexactitudes al momento de declarar renta. Sin embargo, pueden corregirlos antes de la declaración para que la liquidación de impuestos refleje su realidad financiera.

Teniendo en cuenta lo anterior, es clave realizar el ejercicio de cierre fiscal mediante el cual se pueden identificar facturas electrónicas que no cuentan con los eventos de la factura como título valor y gestionarlas cuanto antes para soportar esos costos y gastos. Adicionalmente, las empresas deberán considerar que la emisión de la nómina electrónica de manera extemporánea, así como la no presentación y la emisión con errores también genera sanciones.

Agenda tributaria 2024: alístate para pagar a tiempo

Prográmate para cumplir con los calendarios tributarios nacionales, departamentales y municipales. Aprovecha los descuentos que te ofrecen y la posibilidad de pagar por cuotas para aliviar la presión sobre la caja de tu negocio. Recuerda que la declaración de renta es un impuesto de carácter nacional. En cambio, cada municipio establece sus fechas de pago para el impuesto predial y el Impuesto de Industria y Comercio (ICA); A los departamentos les corresponde el recaudo del impuesto vehicular. A continuación te compartimos los calendarios correspondientes:

  • Calendario para el pago de la declaración de renta de grandes contribuyentes.

  • Calendario para el pago de la declaración de renta de personas jurídicas.

  • Calendario para el pago de la declaración de renta de personas naturales.

  • Calendario para el pago del impuesto al patrimonio.

  • Calendario para el pago del IVA.

  • Calendario para el pago de la retención en la fuente.

  • Calendarios tributarios Bogotá (Predial y vehicular).

  • Calendarios tributarios Medellín (Predial y vehicular).

  • Calendarios tributarios Cali (Predial y vehicular).

  • Calendarios tributarios Barranquilla (Predial y vehicular).

Calendario Impuestos 2024 Descárgalo aquí

Bancolombia aliado en el pago de impuesto

Bancolombia facilita a los municipios el recaudo de impuestos y a los empresarios, su pago. En el primer caso, cuenta con aliados como 1cero1 y Nexura, con los que ha desarrollado portales para los municipios. A los empresarios, por otro lado, les ofrece diferentes medios de pago. Entre los digitales están la App Bancolombia, el Botón Bancolombia, PSE, tarjeta de crédito o Tramiapp (extensión del portal del municipio llevada a los celulares). Entre los físicos están las sucursales, los cajeros multifuncionales y los corresponsales bancarios por medio de los cuales se hace el 70 % de las transacciones. Desde la página de la DIAN es posible pagar impuestos como el IVA, la retención en la fuente o la declaración de renta para personas naturales. Basta con que el contribuyente tenga una cuenta de ahorros o corriente con el banco para pagar por PSE e, incluso, una tarjeta de crédito. “Gracias a estos canales, los empresarios pueden pagar sus impuestos ‘donde quieran, como quieran’. Al mismo tiempo se disminuyen los tiempos de espera en las sucursales y se genera un mayor recaudo. El impacto de nuestros canales en los municipios es enorme. Cuando los contribuyentes perciben la comodidad que brindan nuestros canales optan por ellos al pagar sus impuestos”, asegura John Henry Jaramillo, analista de Mercadeo Uso de Bancolombia. De hecho, la meta de recaudo anual a través de esta iniciativa de gobierno de red, se iba superando al 110 % con corte a octubre de 2023. En la actualidad, Bancolombia ofrece recaudo de impuestos en 660 municipios, es decir el 59 % del total en el país, y su objetivo para 2024 es que más municipios adopten la multicanalidad para la comodidad de los contribuyentes.

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