Constituir una sociedad es un paso serio que se da, cuando están claras las expectativas de crecimiento de un emprendimiento y una vez se ha validado el modelo de negocio en el mercado. Esta decisión, requiere el cumplimiento de una serie de requisitos.
Constituir una sociedad es un paso serio que se da, cuando están claras las expectativas de crecimiento de un emprendimiento y una vez se ha validado el modelo de negocio en el mercado. Esta decisión, requiere el cumplimiento de una serie de requisitos para poder nacer en el mundo de las empresas.
Encuentra aquí una guía para realizar correctamente los trámites para la creación de una empresa:
Puedes optar por registrarte ante la respectiva cámara de comercio de tu domicilio como Persona Natural o como Persona Jurídica. La Persona Natural se registrará en calidad de comerciante y ejercerá los derechos y cumplirá los deberes a título personal, además se identificará para todos los efectos comerciales con su cédula. La Persona Jurídica la pueden constituir una o varias personas, el patrimonio de este ente es diferente al patrimonio de quienes la constituyen y se identificará con un Número de Identificación Tributaria (NIT). Al elegir debes tener en cuenta la imagen que deseas proyectar a tus clientes, en el caso de empresas nacientes que atenderán a grandes compañías la Persona Jurídica puede generar mayor seriedad y confianza.
En Colombia existe el denominado Código CIIU, que hace referencia a la clasificación con la que se identifica la actividad económica que desarrollan las empresas. Este incorpora una serie de dígitos que deben ser diligenciados cuando se realice la inscripción en el Registro Mercantil, ante la Dian y ante la autoridad encargada de aprobar el Uso del suelo. El CIIU debe ser el mismo en todos los casos. Esta consulta la puedes hacer en las páginas web de las cámaras de comercio del país.
Para verificar la homonimia debes consultar en las páginas de las cámaras de comercio o en www.rues.org.co si existe otra empresa con el mismo nombre que planees usar para registrar tu iniciativa.
Cuando se va a establecer una oficina o local, restaurante, hotel o cualquier establecimiento comercial es necesario consultar el Uso del Suelo autorizado por el Concejo Municipal para la ubicación elegida, dado que pueden existir restricciones para el desarrollo de ciertas actividades económicas en zonas específicas. El concepto es expedido por la oficina de Planeación Municipal o Distrital de las Alcaldías.
Los interesados en conformar una Persona Jurídica deben diseñar un documento privado, si la empresa a constituir posee activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes o una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores y no se aportan bienes inmuebles (Ley 1014 de 2006, Decreto 4463 de 2006). También se puede utilizar el documento privado para constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, independiente de los activos, el personal a cargo, siguiendo las normas establecidas en la Ley 1258 de 2008. La empresa unipersonal puede constituirse igualmente por documento privado, indistintamente de sus activos o su planta de personal, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 72 de la Ley 222 de 1995. En el caso de que se aporten bienes inmuebles a la sociedad, el documento de constitución deberá realizarse por escritura pública, según lo establecido en el Artículo 110 del Código de Comercio, además, el impuesto de registro deberá ser cancelado en la oficina de instrumentos públicos y presentar copia del recibo o certificado de libertad que acredite la inscripción previa de la escritura pública en esa oficina, al momento de presentar los documentos.
Inscríbete en el Registro Único Tributario (RUT): lo puedes hacer ante la oficina de la Dian en tu ciudad y te permitirá obtener el Número de Identificación Tributaria, NIT (en el caso de las personas jurídicas). También puedes hacer el trámite a través de www.dian.gov.co. Inscríbete en el Registro Mercantil: lo puedes hacer a través de la página web de la cámara de comercio o acudiendo a una de las sedes de la entidad o a los CAE (Centros de Atención Empresarial) de tu ciudad. Solicita la Resolución de facturación ante la Dian: la puedes tramitar en www.dian.gov,co pero requiere que el usuario se registre previamente como usuario del portal para adelantar todo el trámite.
Diligenciar el formato de solicitud de inscripción.
Diligenciar el formulario de Registro Único Empresarial y Social RUES, suministrando en forma exacta los datos solicitados. El formulario debe estar firmado por el representante legal.
Diligenciar el formulario del RUT. Adjuntar fotocopia del documento de identidad del representante legal.
Adjuntar documento de constitución de la sociedad. Ten en cuenta que, si se aportan bienes inmuebles, deberá hacerse por escritura pública.
Anexar certificación para acreditar los requisitos de la Ley 1780 de 2016, en caso de cumplirlos.
Presentar todos los documentos anteriormente mencionados ante la Cámara de comercio de tu domicilio.
Diligenciar el formato de solicitud de registro de libros de registro de socios o accionistas y libro de actas de junta de socios o asamblea, indicando el nombre de la sociedad, Empresa Asociativa de Trabajo o Empresa Unipersonal, el destino de cada libro y el número de hojas debidamente firmado por el representante legal.
Diligenciar el formato de solicitud de Inscripción.
Diligenciar el formulario del Registro Único Empresarial y Social RUES, suministrando en forma exacta los datos solicitados.
Diligenciar el formulario RUT y adjuntar fotocopia del documento de identidad del comerciante. En el caso de que la persona natural ya tenga NIT, deberá indicarlo en el formulario.
Certificación para acreditar los requisitos de la Ley 1780 de 2016, en caso de cumplirlos.
Se hace claridad que los comerciantes con domicilio en los municipios de Cali o Yumbo, deben diligenciar el formulario adicional de registro con otras entidades.
Presentar todos los documentos anteriormente mencionados en cualquier sede de atención al público de la Cámara de Comercio de Cali o a través del servicio virtual de inscripción de actos y documentos y cancelar los derechos de matrícula a que hubiere lugar.
Si decidiste crear tu empresa como una persona jurídica puedes revisar las características de las sociedades vigentes en Colombia para que elijas la que más se ajuste a tus expectativas. Aquí te contamos las características generales de las figuras societarias más usadas:
Se puede constituir con un solo accionista y no tiene un límite definido de socios.
Solo cuando los activos brutos del año anterior sean superiores a 5.000 salarios mínimos legales vigentes o sus ingresos brutos del periodo en mención superen los 3.000 smlv se deberá contar con un revisor fiscal.
Los accionistas responden por las obligaciones de la empresa hasta por el monto de sus aportes.
La sociedad se puede crear por documento privado y registrarse en el Registro Mercantil.
Si algunos aportes están sujetos a registro ante notaría se tendrá que elevar a escritura pública.
Se constituye con cinco socios como mínimo y no hay un límite en este sentido.
Es obligatorio contar con un revisor fiscal, sin importar el valor del patrimonio.
La constitución de una sociedad anónima se realiza mediante escritura pública.
Los accionistas responden a las obligaciones de la empresa hasta por el monto del capital aportado.
Se constituye mediante documento privado o por escritura pública, requiere un mínimo de dos accionistas y puede contemplar hasta 25 socios.
Tendrá que nombrar un revisor fiscal si se cumplen los criterios expuestos para la SAS.
Se puede conformar por documento privado o mediante escritura pública registrada ante notario.
Todos los socios de la sociedad en nombre colectivo responderán solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales.
En todo caso los socios podrán justificar las excepciones que tenga la sociedad contra sus acreedores” (Art. 294 Código de Comercio).
Esta sociedad es eminentemente personalista, en consecuencia, la razón social se forma con el nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios seguido de las expresiones “y compañía”, “hermanos”, “e hijos”, u otras análogas.
No podrá incluirse el nombre de un extraño en la razón social.
La rapidez con la que se puede crear una empresa es un factor importante para la competitividad de un país, por esto el Gobierno ha promovido esfuerzos para que los diferentes entes involucrados unifiquen los trámites, sin embargo, aún persisten las diferencias en ciertas ciudades. De acuerdo con el informe Doing Business 2017, del Banco Mundial, entre más pequeñas son las ciudades más trámites se tienen que realizar para crear una empresa.
Algunas empresas nuevas deben solicitar autorizaciones o permisos adicionales ante diferentes entes de vigilancia y control, como: la Secretaría de salud municipal o departamental, el Invima, el Departamento de bomberos y Sayco y Acinpro. Entérate aquí de todo lo que necesitas saber para Importar Para constituir una empresa formalmente es necesario cumplir con unos requisitos y realizar trámites de forma correcta. Se puede optar por registrarse ante la respectiva cámara de comercio como Persona Natural o como Persona Jurídica, si se elige esta última, hay cuatro tipos de sociedades vigentes, que son las más usadas en Colombia.
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