Algunos artículos del nuevo Estatuto Aduanero ya entraron en vigencia, pero otros se activarán cuando se habilite la plataforma tecnológica de la DIAN. Conoce aquí procedimientos y fechas que debes tener en cuenta para tus operaciones de importación.
En Colombia, un proceso de importación toma seis días, aunque según el estándar internacional, solo debería demorarse dos. Esto significa que para mejorar su eficiencia, el país debe restarle por lo menos 90 horas al proceso de importación. Con el nuevo Estatuto Aduanero Colombiano, ¿cuáles serán las modificaciones, sanciones y siguientes pasos? Descúbrelo en este artículo.
Para tal fin, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 659 del 22 de mayo de 2024 o nuevo Estatuto Aduanero. Sin embargo, existen dudas con respecto a su propósito, fechas en las que entran en vigencia sus artículos y el significado para la gestión tanto administrativa como logística de las empresas.
Al respecto, Diego Rengifo, vicepresidente técnico de Analdex (Asociación Nacional de Comercio Exterior), explica que el decreto tiene varios objetivos:
Declaración anticipada, uno de los principales cambios
En ese sentido, uno de los principales cambios que propone el decreto es la implementación de la declaración anticipada obligatoria como mecanismo de control. Básicamente, lo que tendrán que hacer los importadores es notificar a la autoridad aduanera sobre el arribo de una mercancía con 48 horas de anticipación.
Juan Diego Cano, director de Asuntos Jurídicos de Analdex indica que “El decreto propone que la declaración anticipada sea obligatoria para todo el universo de importadores, incluso los Operadores Económicos Autorizados (OEA), que tienen beneficios para realizar sus operaciones de comercio exterior de una forma simplificada”.
Esto significa que los importadores deberán ponerse de acuerdo con sus proveedores, agencia de aduanas y agente de carga para recopilar la información necesaria a tiempo, antes de su arribo al país. En principio, esto es positivo porque permitirá a la aduana realizar un trabajo de revisión, control y perfilamiento de riesgos. A los negocios les ayudará a optimizar su gestión y sus tiempos.
Sin embargo, a la fecha, la plataforma tecnológica a través de la cual se deberá hacer el trámite no está lista. Por lo tanto aún no entra en vigencia el nuevo Estatuto Aduanero en lo que se refiere a la declaración anticipada.
Otras modificaciones que propone el nuevo Estatuto Aduanero
Un estudio elaborado por la autoridad aduanera revela que:
Cerca del 60% de las declaraciones de importación que se presentan en el país corresponden a mercancía que se traslada a depósitos fuera del lugar de arribo.
El 22% va a zonas francas y entre 15% y 17% se entrega directamente al importador.
Ahora, más del 70% de la mercancía que quedaba por fuera del lugar de arribo se va a concentrar dentro de las instalaciones de puertos y aeropuertos para que surtan ahí algunos trámites.
Esto se suma a que el Decreto 659 de 2024 propone una operación de 24 horas, siete días a la semana, para recibir y tramitar las declaraciones anticipadas. No obstante, para que eso suceda se requieren recursos técnicos, financieros y un talento humano más preparado. Hoy en día no se tiene certeza sobre la disposición de esos recursos.
¿Cómo queda el proceso de importación?
Teniendo en cuenta lo anterior, el actual proceso de importación, que actualmente consta de 14 pasos, sufrirá algunas modificaciones, dice el director de Asuntos Jurídicos de Analdex, así:
La declaración de importación ya no se realizará en el lugar de arribo de la mercancía, sino por fuera, porque será anticipada.
Se pasará de cuatro a seis pasos que se realizarán en el lugar de arribo de la mercancía, incluyendo la inspección previa que realizan los importadores por medio de su agencia de aduanas.
La inspección previa hoy se hace en depósitos por fuera del lugar de arribo o en zonas francas, pero se trasladará a puertos y aeropuertos. Esto puede generar un aumento de costos relativos al pago de horas extra al personal, teniendo en cuenta que se busca operar 24/7.
La selectividad o inspección por parte de la autoridad aduanera, ICA, Invima, Policía Antinarcóticos, entre otros, también se concentrará en los lugares de arribo de la mercancía.
Dados estos cambios, se teme que se generen congestiones en los lugares de arribo de la mercancía, como aeropuertos, puertos e, incluso, puntos de frontera. No está claro si esos actores y los agentes de aduana tienen la capacidad para llevar a cabo todas esas diligencias, de acuerdo con los expertos de Analdex, quienes participaron en un evento virtual sobre el tema organizado por Bancolombia.
Multas y sanciones que contempla la nueva norma
Las multas son otro tema que llama la atención sobre el nuevo Estatuto Aduanero. Analdex aclara que son altas e incluso desproporcionadas. Por lo tanto, los importadores deben tener en cuenta que cualquier acto que realicen de manera incorrecta, impacta en la forma en que los va a evaluar la autoridad aduanera, que puede llamar a futuras inspecciones.
Por no presentar la declaración anticipada, por ejemplo, se puede incurrir en una sanción del 1 % del valor FOB de la mercancía, sin exceder 300 UVT, y la aprehensión de esta. Por otro lado, la presentación extemporánea de la declaración conduce a una sanción igual, que puede reducirse en 80 % si se paga la multa.
Otra sanción que se debe tener en el radar es la que se da por abandono de la mercancía porque, en ese caso, es posible que ni siquiera se pueda rescatar. El decreto también menciona que el importador puede actualizar la información si hay inconsistencias en la inspección previa de la mercancía y que esto no representa sanciones. En cambio, la corrección si conduce a una sanción.
¿Cuándo entra en vigencia el Estatuto aduanero?
Juan Diego Cano afirma que la implementación de las nuevas reglas aduaneras será condicionada, es decir que dependerá de que sucedan ciertos hechos para que se le dé vía libre a la norma. Por ejemplo, el 7 de junio de 2024 se empezaron a aplicar 45 de los 68 artículos relacionados, entre otros, con cambios en definiciones de conceptos aduaneros como estos:
Mercancía diferente: es la que no corresponde con la mercancía declarada y presenta omisión o error total en el serial. Representa menores sanciones que las contempladas antes.
Abandono: se refiere a las situaciones en las que se vence el término de permanencia establecido en depósito. Antes se debían sobrepasar 30 días prorrogables por un mes, ahora son solo cinco días. Sin embargo, la normativa sobre el abandono se remite a otro artículo que no ha entrado en vigencia, por lo tanto, su definición aún no surte ningún efecto.
Hasta el momento solo están reglamentados mediante la Resolución 97 del 6 de junio de 2024 los requisitos para las operaciones desde zonas francas hasta el resto del mundo. Uno de los principales cambios es que ya no solo se debe llenar el formulario de movimiento de mercancías, sino también, la solicitud de autorización de embarcación, lo que genera duplicidad y mayores tiempos de despacho de la carga.
Además, cuando las mercancías entran desde el territorio nacional a las zonas francas para ser transformadas, reparadas o elaboradas, se usa el formulario de movimiento de mercancías, al que se suma la solicitud de autorización de embarque. Es decir que se requieren dos documentos para la misma operación.
En ese sentido, aún no se han reglamentado la resolución anticipada y la aduana 24/7, por lo que no están operando. También faltan por implementar los servicios informáticos, indispensables para que pueda hacerse la declaración anticipada de importación e ingreso, entre otros trámites.
¿Cómo prepararse para la entrada en vigencia del nuevo Estatuto Aduanero?
La norma aduanera tiene que ser el mejor instrumento de promoción del comercio exterior. El nuevo estatuto está centrado en la DIAN, pero hay 22 entidades que tienen un rol estructural en el proceso, como el ICA, el Invima y la Policía Antinarcóticos. Por eso, la preparación para la entrada en vigencia del nuevo Estatuto Aduanero y su implementación tiene que ser interinstitucional y garantizar la interoperabilidad.
“
“Otra clave es leer el decreto desde la perspectiva de un sistema en el que interactúan importadores, exportadores, agencias de aduana, agencias de carga, depósitos y transportadores. También hay que hablar del talento humano porque el comercio exterior exige saber de temas técnicos complejos como los aranceles o el valor de origen y las personas requieren capacitación. Los temas que no son regulatorios nos tienen que llevar a adoptar buenas prácticas internacionales”.
Diego Rengifo, vicepresidente técnico de Analdex.
Finalmente, aunque hay aspectos del Decreto 659 que aún no se están aplicando y solo lo harán cuando se cuente con los servicios informáticos electrónicos, los importadores deben acostumbrarse desde ya a realizar la declaración anticipada. Esto significa revisar la forma en la que obtienen y suministran información; cuál es su capacidad tecnológica para recopilar datos; qué tan capacitado está su personal y el de la agencia de aduana para operar 24/7.
Sobre este nuevo estatuto es esencial hacerle seguimiento a las noticias y actualizaciones que se van produciendo en torno al Estatuto Aduanero, ya que, inicialmente, su implementación plena se daría en el 2025.
Continúa leyendo
Recomendaciones para el uso de los Incoterms 2020
Negocios | 05 dic 2019Lectura de 5 min
La nueva versión de Incoterms 2020, es una oportunidad para evitar errores a la hora de importar y exportar. Te contamos las recomendaciones de los expertos.
Únete a la conversación, te invitamos a compartir este artículo.
arrow-left
arrow-right
i
Muy importante. Estos contenidos son para todos. No cobramos a quienes nombramos. Las fuentes de terceros no comprometen el pensamiento de nuestro grupo. Es responsabilidad del lector el cumplimiento de las normas y fechas que le apliquen.
Anterior
Negocios | 23 oct 2023
Flexibilidad laboral, una oferta de valor para los trabajadores