Vender una casa con afectación a vivienda familiar en Colombia sí es posible, pero antes de hacerlo te contamos los requisitos, beneficios legales y las normas que regulan esta figura de protección patrimonial.
Vender una casa con afectación a vivienda familiar en Colombia sí es posible, pero antes de hacerlo te contamos los requisitos, beneficios legales y las normas que regulan esta figura de protección patrimonial.
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La afectación a vivienda familiar es una figura jurídica que protege tu hogar y aplica para matrimonios o compañeros permanentes. Es como un escudo legal que evita que tu casa sea vendida, embargada o hipotecada sin que ambos miembros de la pareja estén de acuerdo. Así lo establece la Ley 258 de 1996.
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El objetivo es simple: proteger el lugar donde vive la familia. Para constituirla o cancelarla, necesitas la voluntad de ambos y se realiza ante notaría. Y solo puedes afectar una vivienda.
Las personas solteras no pueden acogerse a esta figura. En su lugar, deben considerar otras alternativas como el patrimonio de familia.
Diferencia entre patrimonio de familia y afectación a vivienda familiar
La figura del patrimonio de familia suele confundirse con la de afectación a vivienda familiar, ya que ambas protegen bienes familiares. Pero funcionan diferente:
La afectación a vivienda familiar solo aplica a matrimonios o uniones permanentes y no protege directamente a los hijos. Es fácil de cancelar.
El patrimonio de familia sí puede ser constituido por personas solteras o familias con hijos, y su propósito principal es proteger el bienestar de los hijos menores de edad. Su cancelación es más compleja, ya que si hay menores requiere autorización del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), y es obligatoria en casos de adquisición de vivienda de interés social o prioritario.
“No recomiendo el patrimonio de familia, a no ser que sea por una obligación legal, porque cancelarlo es muy difícil. Se requieren requisitos como que los hijos sean mayores de edad o contar con un permiso del ICBF. Son trámites largos y complejos. Si la persona puede elegir, siempre recomiendo la afectación a vivienda familiar. Es una figura mucho más fácil de retirar, incluso cuando hay hijos menores de edad”.
(Sara Orrego, abogada especializada en derecho inmobiliario)Requisitos para la afectación a vivienda familiar
Que la vivienda sea de propiedad de uno o ambos cónyuges o compañeros permanentes.
Que sea la primera y única vivienda que se va a afectar.
Que sea la residencia habitual de la pareja o la familia.
No puede ser un lote, finca o casa de recreo.
Ambos deben firmar ante notaría para constituirla y cancelarla.
Documentos necesarios para constituir la afectación a vivienda familiar
Escritura pública donde se establezca la afectación.
Certificado de tradición y libertad del inmueble.
Cédulas de ciudadanía de ambos cónyuges o compañeros.
Paz y salvos municipales o de administración, si aplica.
Beneficios legales de la afectación a vivienda familiar
El inmueble no puede ser embargado.
No puede ser vendido, donado ni hipotecado sin el consentimiento de ambos.
Impide que uno de los cónyuges disponga del inmueble sin autorización del otro.
Si está registrada, la protección se extiende frente a terceros.
¿Cómo vender un inmueble con afectación a vivienda familiar?
Es simple: primero levantas la afectación, después vendes.
Para vender un inmueble con afectación a vivienda familiar es obligatorio levantar la afectación previamente. Este levantamiento es un trámite sencillo. Puedes hacerlo el mismo día de la venta incluyéndolo en la escritura de compraventa. Solo es necesario que ambos cónyuges o compañeros estén de acuerdo.
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¿Por qué motivos se hace un levantamiento de la afectación a vivienda familiar?
Por mutuo acuerdo entre los cónyuges o compañeros.
Por sentencia judicial, como divorcio o disolución de unión marital.
Por fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.
Cuando el inmueble deja de ser la residencia familiar.
Consejos clave si tienes una casa con afectación a vivienda familiar
Inscríbela en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para que tenga efectos frente a terceros.
Si uno de los cónyuges no puede firmar, debe otorga poder notarial.
Si fallece uno de los cónyuges, se debe hacer primero el trámite de sucesión antes de vender.
Errores comunes al aplicar la afectación a vivienda familiar
Intentar afectar más de una vivienda.
No aplicar la afectación cuando es obligatoria por ley.
Pensar que no necesitas la firma del cónyuge si el inmueble está a nombre de uno solo.
Creer que la afectación protege contra embargos previos, ya que solo protege contra embargos posteriores a su inscripción.
Tu guía rápida de afectación familiar
Descripción | Detalle |
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¿Qué es la afectación a vivienda familiar? | Figura jurídica que protege la vivienda donde reside la familia. Impide vender, donar, hipotecar o embargar sin el consentimiento del cónyuge o compañero permanente. |
Requisitos | 1) Ser vivienda principal y única. 2) Propiedad de uno o ambos cónyuges o compañeros. 3) No aplica a lotes o casas de recreo. 4) Firma de ambos en notaría |
Documentos necesarios | 1) Escritura pública. 2) Certificado de tradición y libertad. 3) Cédulas de ambos. 4) Paz y salvo municipal |
¿Contra qué protege esta figura? | Embargos y venta o hipoteca sin autorización de ambos. |
¿Se puede vender un inmueble con afectación a vivienda familiar? | Sí, pero primero se debe levantar la afectación. |
¿Razones por las que se levanta la afectación? | 1) Por mutuo acuerdo en notaría. 2) Por sentencia judicial. 3) Por fallecimiento de uno de los miembros después del trámite de sucesión. 4) Si deja de ser la vivienda familiar |
¿Cuál es la diferencia entre patrimonio familiar y afectación familiar? | El patrimonio de familia protege la vivienda en beneficio de los hijos menores, incluso si el padre o la madre son solteros. La afectación a vivienda familiar está diseñada para proteger el inmueble destinado a la residencia de la pareja (cónyuges o compañeros permanentes), y requiere el consentimiento de ambos para su disposición. |
¿Qué es la afectación a vivienda familiar? |
Figura jurídica que protege la vivienda donde reside la familia. Impide vender, donar, hipotecar o embargar sin el consentimiento del cónyuge o compañero permanente. |
Requisitos |
1) Ser vivienda principal y única. 2) Propiedad de uno o ambos cónyuges o compañeros. 3) No aplica a lotes o casas de recreo. 4) Firma de ambos en notaría |
Documentos necesarios |
1) Escritura pública. 2) Certificado de tradición y libertad. 3) Cédulas de ambos. 4) Paz y salvo municipal |
¿Contra qué protege esta figura? |
Embargos y venta o hipoteca sin autorización de ambos. |
¿Se puede vender un inmueble con afectación a vivienda familiar? |
Sí, pero primero se debe levantar la afectación. |
¿Razones por las que se levanta la afectación? |
1) Por mutuo acuerdo en notaría. 2) Por sentencia judicial. 3) Por fallecimiento de uno de los miembros después del trámite de sucesión. 4) Si deja de ser la vivienda familiar |
¿Cuál es la diferencia entre patrimonio familiar y afectación familiar? |
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